21/5/10

El crédito es necesario para el desarrollo: es servicio público

Sobre el Proyecto de Ley presentado en el Congreso por la llamada "Ley de Entidades Financieras" una interesante nota de Patricio Díaz(*)






El proyecto, presentado por el diputado Carlos Heller, Presidente del Banco Credicoop, obliga a los bancos a orientar el crédito a la micro y pequeña empresa, universaliza los servicios financieros e impone la gratuidad de algunos, nacionaliza el fondo de garantía de los depósitos para proteger a los pequeños ahorristas, pone normas más rígidas para los bancos extranjeros y reclama reciprocidad del país de origen de los bancos situados en Argentina; se obliga a los bancos a informar a los usuarios quienes son sus propietarios y cuáles son las garantías que ofrecen a sus depositantes e impone tasas máximas para préstamos.


Está claro que el clima político ha cambiado. No solo se han hecho realidades medidas que desde hace años vienen siendo propuestas y defendidas por organizaciones sociales, como la Asignación Universal , la Ley de Servicios Audiovisuales y la profundización de la lucha por los derechos humanos, entre otras, sino que hoy encontramos un margen favorable y más amplio para impulsar proyectos más estructurales y transformadores.
El crédito es imprescindible para dinamizar la economía, por tanto las facultades, regulaciones y alcances del sistema bancario y financiero son de importancia estratégica.

El Bloque Nuevo Encuentro Popular y Solidario, integrado por los diputados nacionales Carlos Heller, del Partido Solidario; Ariel Basteiro, Jorge Rivas, Vilma Ibarra, Martín Sabatella y otros legisladores, acaba de presentar en el Congreso de la Nación un proyecto de ley de “servicios financieros para el desarrollo económico y social”, que cambia conceptualmente el espíritu de la normativa de Entidades Financieras vigente (21.526) aprobada por la última dictadura militar.

Las entidades financieras han demostrado eficiencia para diseñar productos para los sectores de alta renta y, cuando llegan a sectores de menores recursos, lo hacen con altos costos. Este proyecto está diseñado para que llegue a todos los usuarios, con las modalidades que sean adecuadas para cada uno de ellos, finalidad que sólo puede lograrse a través de la intervención protectora del Estado.



La excesiva permisividad de la norma vigente no derivó en un beneficio para la sociedad. Si bien el sistema financiero emergió sano de la crisis de 2001, en 2009, el total de crédito al sector privado no financiero apenas llegó al 11,3, por ciento del PBI, un valor que se repitió estos últimos años y que es el más bajo de América Latina


La normativa vigente es de 1977 y es necesario modificarla no sólo porque es una ley de la dictadura, sino también porque está imbuida de las ideas de liberalización de los mercados, aplicó una fuerte desregulación sobre el sistema y, durante su vigencia, se produjeron varias crisis financieras y la desaparición de una gran cantidad de entidades, situación que, asociada a la liberalidad para el ingreso de bancos de capitales extranjeros, determinó una fuerte concentración y extranjerización de la actividad bancaria.

Si bien en lo conceptual implica un cambio significativo, la ley fue pensada para lograr los objetivos planteados sin alterar el funcionamiento del sistema financiero tal como hoy lo conocemos. De convertirse esto en ley, el sistema financiero llegará con mayor intensidad y menores costos a los sectores más débiles de la economía, las micro, pequeñas y medianas empresas y los usuarios de menores recursos.

Diferenciación entre entidades nacionales y extranjeras
* Se fijan criterios más restrictivos para la actuación en el sistema financiero nacional de los bancos extranjeros. Y para evitar la venta de espejitos de colores se restablece el criterio de reciprocidad a la hora de autorizar bancos de capital extranjeros.
* Un punto que interesará a las localidades chicas es que se establece que la política de autorizaciones de filiales deberá guiarse por el objetivo de ampliar la cobertura geográfica del sistema financiero, así como evitar una excesiva concentración de filiales en los centros urbanos densamente poblados.
* Se obliga a las entidades locales de capital extranjero a poner en conocimiento del público los supuestos en que su grupo accionario mayoritario no respalde en su totalidad las operaciones realizadas en la Argentina.

Destino del crédito y tasas máximas
* Las entidades financieras deberán destinar, directa o indirectamente, no menos de un 38% del total de sus financiaciones al sector privado a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes) y un 2% a microemprendimientos.

*Se impone a las entidades financieras la realización anual de un “Informe sobre Contribución a la Democratización de los Servicios”, como sucede en otros países.
* Las tasas de interés máximas para préstamos a micro y pequeñas empresas y para préstamos personales inferiores a los cien mil pesos no podrán superar en una proporción del 5% a una tasa promedio ponderada del sistema financiero para ese segmento.
* Se propone encomendar al Banco Central establecer un listado de “Servicios Esenciales” que las entidades deberán ofrecer dirigidos hacia los sectores de menores ingresos de la población, fijando pautas operativas, un nivel máximo de comisiones y la gratuidad de algunos servicios.


Defensa de la Competencia y protección del usuario
* Ninguna entidad financiera privada podrá tener una participación en el conjunto del sistema financiero superior al 8%, tanto en el total de los depósitos provenientes del sector privado, como en el total de préstamos otorgados al sector privado.
* El proyecto de ley propone la creación de la Defensoría del Usuario de Servicios Financieros en el ámbito del Banco Central cuya misión consiste en la defensa y protección de los intereses de los usuarios.
* Las entidades deberán disponer de un Departamento de Atención a Usuarios de sus servicios financieros, y se encomienda al Banco Central implementar un Código de Conducta de las entidades financieras.

Garantía de Depósitos
* Se propone un régimen de garantía de depósitos garantizado por el Estado Nacional, que resulta obligatorio para todas las entidades financieras, con un límite de hasta $100.000 por depositante o su equivalente en moneda extranjera y cualquiera sea la tasa pagada por los depósitos. Actualmente la garantía de depósitos llega a treinta mil pesos.


Este proyecto es una propuesta que viene construyéndose desde hace años desde el movimiento cooperativo y entidades de la economía social. Para que se expanda otra forma de hacer economía, mas humana, más distributiva, con otros valores, es necesario otro sistema de financiamiento.

Patricio Díaz, Periodista,integrante de la Comisión de Asociados Banco Credicoop y miembro del Espacio Carta Abierta Junín.

1 comentario:

Unknown dijo...

Creo que es una ley necesaria. Respecto a los bancos privados cualquiera sea su origen podrian prestar a tasa libre de mercado sus propios capitales, pero respecto a las inversiones o depositos en cajas de ahorro, ctas ctes, plazos fijos o cualquier otra variedad de captacion de fondos de argentinos o residentes en el pais, debieran ser prestados bajo su exclusivo riesgo a una tasa regulada por el estado y direccionada a empresas nacionales que se quieran promocionar. O bien al consumo
Atte Antonio de Celina